La justicia vuela más alto: Vueling condenada por trato discriminatorio a pasajera con discapacidad.
Un desafortunado incidente aéreo: La prohibición de volar con un dispositivo de movilidad esencial.
Una mujer de Guipúzcoa, que padece esclerosis múltiple, y su cónyuge, fueron víctimas de una denegación de embarque por parte de Vueling Airlines. El suceso tuvo lugar en diciembre de 2021, en un vuelo de retorno entre Sevilla y Bilbao. La compañía aérea impidió a la pasajera viajar con su scooter, un elemento indispensable para su desplazamiento debido a sus limitaciones motrices. Esta decisión contravino una confirmación previa por parte de la aerolínea, lo que provocó un significativo perjuicio a los afectados.
La lucha por la justicia: Demanda y argumentos ante el tribunal.
La pareja inició acciones legales contra Vueling, solicitando una compensación económica. La demanda se centró en los gastos generados por el incidente, incluyendo el alquiler de un vehículo y el reembolso del vuelo no utilizado, además de una indemnización por daño moral. Vueling, por su parte, defendió su postura alegando preocupaciones de seguridad relacionadas con la batería de litio del scooter, argumentando que no estaba permitido su transporte en cabina.
La decisión judicial: Reconocimiento del derecho a la compensación y daño moral.
El juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Bergara falló a favor de la demandante. La sentencia destacó que la pareja había tomado las precauciones necesarias para asegurar la viabilidad del viaje con el scooter, obteniendo el consentimiento de la aerolínea. El tribunal subrayó que la denegación del embarque, a pesar de la confirmación previa, constituía una violación de los derechos del pasajero a la compensación y al reembolso del vuelo. Además, se consideró que el incidente, que incluyó la intervención de la Guardia Civil para el desalojo, causó un daño moral evidente a la mujer, afectando su dignidad y autoestima.
Las obligaciones de la aerolínea: Transporte alternativo y atención al pasajero.
La resolución judicial enfatizó que, según la normativa vigente, la aerolínea tenía la obligación de proporcionar una alternativa de transporte y brindar asistencia a los pasajeros afectados, algo que Vueling no cumplió. Esta omisión agravó la situación de la pareja, quienes tuvieron que resolver por su cuenta el problema de su regreso.
El impacto en la dignidad: Un precedente contra la discriminación.
La sentencia resalta la particular vulnerabilidad de la demandante, una paciente de esclerosis múltiple, cuya movilidad depende directamente del scooter. La denegación del embarque en la puerta del avión, frente a otros pasajeros, y la posterior intervención de las autoridades, fueron consideradas por el tribunal como acciones que dañaron directamente su estima y dignidad como persona y como enferma. Este fallo establece un importante precedente en la protección de los derechos de los pasajeros con discapacidad y la responsabilidad de las aerolíneas de garantizar un trato equitativo y respetuos
